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Relaciones de consumo

Defensa del consumidor y relaciones de consumo

La ley protege a quien contrata un producto o un servicio para uso personal, porque en esa relación el consumidor es la parte débil. Intervengo cuando una empresa incumple lo que ofreció, desconoce una garantía, factura conceptos que no corresponden o dilata un reclamo hasta agotar a quien lo presenta. El camino empieza en la instancia administrativa y, cuando ahí no se resuelve, continúa en sede judicial.

¿Cuándo nos consultan?

Ante productos que no funcionan como fueron ofrecidos, garantías que no se respetan, débitos no autorizados, dificultades para dar de baja un servicio o reclamos que la empresa deja sin respuesta.

Situaciones habituales

  • Productos defectuosos o que no funcionan como fueron ofrecidos
  • Garantías desconocidas y reparaciones que nunca se resuelven
  • Facturación de conceptos no contratados y débitos no autorizados
  • Trabas para dar de baja un servicio contratado
  • Reclamos ante Defensa del Consumidor y posterior demanda judicial

Primer paso

Coordine una consulta con el Estudio.

Cuente brevemente qué ocurrió. Le indicamos si el Estudio puede intervenir y cuáles son los pasos que siguen, sin compromiso.

La consulta profesional —la entrevista en la que se analiza el caso, presencial o por videollamada— tiene un arancel. Si luego encomienda al Estudio la gestión del caso, ese importe se descuenta de los honorarios.